Sobre el tema de extracción de ADN compulsivo, que el Prof. Zaffaroni menciona en esta entrevista, comparto una nota de Irina Hauser de Página/12 de hoy.
LA CORTE SE ACERCA A UN FALLO SOBRE ADN COMPULSIVO
Pruebas de sangre
El consenso es difícil pero cerraría en permitir los análisis por orden judicial para establecer la identidad de apropiados pero no para punir a apropiadores. La alternativa del allanamiento.
Hasta hace algunos días la Corte Suprema evaluaba llevar a una audiencia pública el debate sobre la legalidad de la extracción compulsiva de sangre para determinar la identidad de posibles hijos de desaparecidos que fueron apropiados. Al final, esta semana el tema fue excluido de la agenda de sesiones orales del tribunal y esto se debe, en parte, a que no estaría tan lejos de poder firmar un fallo para resolverlo. En la discusión interna entre Sus Señorías –reñida, por cierto– ya habría una mayoría con posturas variadas pero coincidencia en un punto central: rechazar los estudios sanguíneos de ADN cuando el propósito es utilizarlos como prueba capaz de incriminar a los apropiadores.
Si esta conclusión prospera, la Corte revocaría entonces un fallo de la Sala II de la Cámara Federal que en febrero de 2002 le ordenó a Emiliano Prieto, posible hijo de desaparecidos, que se presentara en el Banco Nacional de Datos Genéticos del Hospital Durand para una extracción de sangre que permitiría conocer su ADN. Tal como está hasta ahora, el posible fallo supremo abordará la cuestión de las tomas de sangre. Una variante que analizan los jueces supremos sería decir que este tipo de pruebas sólo se podría admitir con el fin de garantizar el derecho a la verdad. Aunque no necesariamente lo analice en detalle en esta oportunidad, la Corte podría dejar abierta la posibilidad de que se apliquen los análisis alternativos que comenzaron a realizarse en 2005 –no hace tanto– en los casos de apropiación de menores y ahora permiten obtener material genético de pelos, ropa y cepillos de dientes a través de allanamientos.
Emiliano Prieto fue criado por Guillermo Antonio Prieto, un suboficial de la Marina en actividad en la última dictadura, y su esposa Emma. El matrimonio inscribió a dos niños como hijos biológicos: Emiliano, del 6 de agosto de 1978, y Guillermo Gabriel, del 1 de junio de 1976. Las Abuelas de Plaza de Mayo creen que nacieron en cautiverio durante el terrorismo de Estado. Ambos figuran como nacidos en un domicilio particular. El certificado, así como sus documentos de identidad, serían falsos.
A Emiliano, la Justicia le ordenó la primera extracción compulsiva de sangre en febrero de 2000. El se negó y tras sucesivas apelaciones su expediente llegó a la Corte. El joven planteó que ese estudio viola sus derechos de “intimidad, integridad física, psíquica y moral, a la dignidad, a la vida privada y a gozar de los derechos civiles”.
Con argumentos similares, Evelyn Vázquez Ferrá se resistía en 2003 a someterse al test de sangre para conocer su verdadera identidad. No quería, además, que el resultado sirviera como prueba que comprometiera penalmente a sus apropiadores. Aquel año la Corte Suprema –en su antigua composición– le dio la razón a la joven, privilegiando el derecho a la intimidad. “Si ella no quiere conocer su identidad, el Estado no puede obligarla a investigarla”, decía el fallo.
La Corte actual tiene que decidir, en definitiva, si mantiene o cambia aquella doctrina. El procurador general, Esteban Righi, dictaminó que “la toma compulsiva de una muestra de sangre en el marco de un proceso penal, no es incompatible con el respeto de los derechos constitucionales”. Puntualiza que la prueba de ADN no sólo es imprescindible para conocer la identidad biológica, sino una prueba frente a un posible caso de desaparición forzada. Su opinión, no obstante, no es vinculante.
Las posiciones en la Corte son intrincadas. Hasta ahora, Enrique Petracchi y Carlos Fayt se opondrían a la extracción compulsiva, como ya lo hicieron en el caso “Vázquez Ferrá”. Raúl Zaffaroni sólo avalaría la prueba de sangre si el fin es el esclarecimiento de la verdad de lo ocurrido, pero no como evidencia penal contra, por ejemplo, los apropiadores. En esencia, entonces, la rechazaría. Ricardo Lorenzetti –todo indica– podría apoyar esta idea. Juan Carlos Maqueda mantendría sus argumentos de hace cinco años a favor del estudio compulsivo y lo acompañaría Elena Highton de Nolasco. Carmen Argibay todavía tendría pendiente armar su voto.
Así estaban los tantos hacia fines de esta semana, según pudo confirmar Página/12, a través de fuentes calificadas del tribunal. Claro que los debates a puertas cerradas de los jueces supremos son muy dinámicos, en este caso circulan ideas con muchos matices, y todo puede cambiar, como pasó en cuestión de días –de hecho– en la causa donde se analizaba la condena de Romina Tejerina por el asesinato de su beba recién nacida.
Uno de los expedientes en los que la Corte podría evaluar la cuestión de los estudios genéticos alternativos para acceder a muestras de ADN es el del hermano de Emiliano Prieto, Guillermo (h.), que incluso ya tuvo un mayor avance. La jueza María Romilda Servini de Cubría llevó a cabo un allanamiento en la casa del joven y se llevó material para analizar el ADN. En el expediente constan importantes indicios de que sería hijo de María Ester Peralta y Oscar Alfredo Zalazar, secuestrado el 29 de abril de 1976. Ella estaba embarazada y sigue desaparecida. El apareció muerto el 6 de mayo de aquel año en un supuesto enfrentamiento.
Ante la apelación del chico, la Sala I de la Cámara Federal consideró que con los allanamientos no hay violación a la intimidad. Destacó que debe prevalecer el derecho “de los familiares de los niños sustraídos a sus padres asesinados durante la última dictadura militar”.
La decisión suprema de no llevar el caso Prieto a una audiencia pública no sólo tiene que ver con que la discusión interna estaría bastante madura. También responde a un planteo que hizo Argibay a sus colegas, y que ellos aceptaron: a simple vista parecería un contrasentido llevar a una sesión pública un expediente en el que se debate el derecho a la intimidad.
Por otra parte, mientras sólo avancen con la causa sobre extracción de sangre, rechazándola, los jueces supremos no necesitarían expedirse sobre una discusión de fondo, sustancial y sensible: si los resultados de los análisis se deben comparar con todos los datos del banco genético o sólo con algunos de ellos, como han planteado los hijos adoptivos de la directora de Clarín, Ernestina Herrera de Noble, otro caso en el que deberá opinar la propia Corte. Marcela y Felipe Noble aceptan sacarse sangre siempre y cuando sea sólo para contrastar su ADN con el de las familias querellantes. De lo contrario, se niegan. En diciembre del año pasado la Cámara de Casación Penal les admitió ese planteo. Y la semana pasada llegó a la Corte.
Aunque son causas totalmente diferentes, a título informativo dejo este comentario:
El día 9 de Abril del corriente año la Cámara del Crimen en autos “Geruchalmi, Vanesa” declaró la constitucionalidad de la extracción compulsiva de sangre, además de manifestar que no viola la garantía contra la autoincriminación. A su vez, los jueces consideraron que no resulta humillante ni degradante.
Me parece interesante, más allá de compartir o no la postura de la Cámara.
PD: el fallo lo subiré a la página de pensamiento penal , y estará disponible en la sección fallos de interés.
2 comentarios:
Sobre el tema de extracción de ADN compulsivo, que el Prof. Zaffaroni menciona en esta entrevista, comparto una nota de Irina Hauser de Página/12 de hoy.
LA CORTE SE ACERCA A UN FALLO SOBRE ADN COMPULSIVO
Pruebas de sangre
El consenso es difícil pero cerraría en permitir los análisis por orden judicial para establecer la identidad de apropiados pero no para punir a apropiadores. La alternativa del allanamiento.
Hasta hace algunos días la Corte Suprema evaluaba llevar a una audiencia pública el debate sobre la legalidad de la extracción compulsiva de sangre para determinar la identidad de posibles hijos de desaparecidos que fueron apropiados. Al final, esta semana el tema fue excluido de la agenda de sesiones orales del tribunal y esto se debe, en parte, a que no estaría tan lejos de poder firmar un fallo para resolverlo. En la discusión interna entre Sus Señorías –reñida, por cierto– ya habría una mayoría con posturas variadas pero coincidencia en un punto central: rechazar los estudios sanguíneos de ADN cuando el propósito es utilizarlos como prueba capaz de incriminar a los apropiadores.
Si esta conclusión prospera, la Corte revocaría entonces un fallo de la Sala II de la Cámara Federal que en febrero de 2002 le ordenó a Emiliano Prieto, posible hijo de desaparecidos, que se presentara en el Banco Nacional de Datos Genéticos del Hospital Durand para una extracción de sangre que permitiría conocer su ADN. Tal como está hasta ahora, el posible fallo supremo abordará la cuestión de las tomas de sangre. Una variante que analizan los jueces supremos sería decir que este tipo de pruebas sólo se podría admitir con el fin de garantizar el derecho a la verdad. Aunque no necesariamente lo analice en detalle en esta oportunidad, la Corte podría dejar abierta la posibilidad de que se apliquen los análisis alternativos que comenzaron a realizarse en 2005 –no hace tanto– en los casos de apropiación de menores y ahora permiten obtener material genético de pelos, ropa y cepillos de dientes a través de allanamientos.
Emiliano Prieto fue criado por Guillermo Antonio Prieto, un suboficial de la Marina en actividad en la última dictadura, y su esposa Emma. El matrimonio inscribió a dos niños como hijos biológicos: Emiliano, del 6 de agosto de 1978, y Guillermo Gabriel, del 1 de junio de 1976. Las Abuelas de Plaza de Mayo creen que nacieron en cautiverio durante el terrorismo de Estado. Ambos figuran como nacidos en un domicilio particular. El certificado, así como sus documentos de identidad, serían falsos.
A Emiliano, la Justicia le ordenó la primera extracción compulsiva de sangre en febrero de 2000. El se negó y tras sucesivas apelaciones su expediente llegó a la Corte. El joven planteó que ese estudio viola sus derechos de “intimidad, integridad física, psíquica y moral, a la dignidad, a la vida privada y a gozar de los derechos civiles”.
Con argumentos similares, Evelyn Vázquez Ferrá se resistía en 2003 a someterse al test de sangre para conocer su verdadera identidad. No quería, además, que el resultado sirviera como prueba que comprometiera penalmente a sus apropiadores. Aquel año la Corte Suprema –en su antigua composición– le dio la razón a la joven, privilegiando el derecho a la intimidad. “Si ella no quiere conocer su identidad, el Estado no puede obligarla a investigarla”, decía el fallo.
La Corte actual tiene que decidir, en definitiva, si mantiene o cambia aquella doctrina. El procurador general, Esteban Righi, dictaminó que “la toma compulsiva de una muestra de sangre en el marco de un proceso penal, no es incompatible con el respeto de los derechos constitucionales”. Puntualiza que la prueba de ADN no sólo es imprescindible para conocer la identidad biológica, sino una prueba frente a un posible caso de desaparición forzada. Su opinión, no obstante, no es vinculante.
Las posiciones en la Corte son intrincadas. Hasta ahora, Enrique Petracchi y Carlos Fayt se opondrían a la extracción compulsiva, como ya lo hicieron en el caso “Vázquez Ferrá”. Raúl Zaffaroni sólo avalaría la prueba de sangre si el fin es el esclarecimiento de la verdad de lo ocurrido, pero no como evidencia penal contra, por ejemplo, los apropiadores. En esencia, entonces, la rechazaría. Ricardo Lorenzetti –todo indica– podría apoyar esta idea. Juan Carlos Maqueda mantendría sus argumentos de hace cinco años a favor del estudio compulsivo y lo acompañaría Elena Highton de Nolasco. Carmen Argibay todavía tendría pendiente armar su voto.
Así estaban los tantos hacia fines de esta semana, según pudo confirmar Página/12, a través de fuentes calificadas del tribunal. Claro que los debates a puertas cerradas de los jueces supremos son muy dinámicos, en este caso circulan ideas con muchos matices, y todo puede cambiar, como pasó en cuestión de días –de hecho– en la causa donde se analizaba la condena de Romina Tejerina por el asesinato de su beba recién nacida.
Uno de los expedientes en los que la Corte podría evaluar la cuestión de los estudios genéticos alternativos para acceder a muestras de ADN es el del hermano de Emiliano Prieto, Guillermo (h.), que incluso ya tuvo un mayor avance. La jueza María Romilda Servini de Cubría llevó a cabo un allanamiento en la casa del joven y se llevó material para analizar el ADN. En el expediente constan importantes indicios de que sería hijo de María Ester Peralta y Oscar Alfredo Zalazar, secuestrado el 29 de abril de 1976. Ella estaba embarazada y sigue desaparecida. El apareció muerto el 6 de mayo de aquel año en un supuesto enfrentamiento.
Ante la apelación del chico, la Sala I de la Cámara Federal consideró que con los allanamientos no hay violación a la intimidad. Destacó que debe prevalecer el derecho “de los familiares de los niños sustraídos a sus padres asesinados durante la última dictadura militar”.
La decisión suprema de no llevar el caso Prieto a una audiencia pública no sólo tiene que ver con que la discusión interna estaría bastante madura. También responde a un planteo que hizo Argibay a sus colegas, y que ellos aceptaron: a simple vista parecería un contrasentido llevar a una sesión pública un expediente en el que se debate el derecho a la intimidad.
Por otra parte, mientras sólo avancen con la causa sobre extracción de sangre, rechazándola, los jueces supremos no necesitarían expedirse sobre una discusión de fondo, sustancial y sensible: si los resultados de los análisis se deben comparar con todos los datos del banco genético o sólo con algunos de ellos, como han planteado los hijos adoptivos de la directora de Clarín, Ernestina Herrera de Noble, otro caso en el que deberá opinar la propia Corte. Marcela y Felipe Noble aceptan sacarse sangre siempre y cuando sea sólo para contrastar su ADN con el de las familias querellantes. De lo contrario, se niegan. En diciembre del año pasado la Cámara de Casación Penal les admitió ese planteo. Y la semana pasada llegó a la Corte.
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-102341-2008-04-13.html
Matías Bailone:
Aunque son causas totalmente diferentes, a título informativo dejo este comentario:
El día 9 de Abril del corriente año la Cámara del Crimen en autos “Geruchalmi, Vanesa” declaró la constitucionalidad de la extracción compulsiva de sangre, además de manifestar que no viola la garantía contra la autoincriminación. A su vez, los jueces consideraron que no resulta humillante ni degradante.
Me parece interesante, más allá de compartir o no la postura de la Cámara.
PD: el fallo lo subiré a la página de pensamiento penal , y estará disponible en la sección fallos de interés.
Saludos.
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